RESEÑA DE JURISPRUDENCIA
Corte Suprema de Justicia
Sala de Casación Laboral
Mesadas pensionales, mora en el pago, intereses moratorios
Sentencia SL445-2020 del 19 de febrero de 2020. Radicación 73499. El retardo en el pago de las mesadas pensionales da lugar a los intereses moratorios previstos en el artículo 141 de la Ley 100 de 1993, sin que tenga relevancia alguna establecer si existió «buena fe» de la administradora de pensiones, en otras palabras, su imposición procede aun cuando la entidad hubiera tenido el convencimiento que no era dable el reconocimiento de la prestación deprecada, toda vez que su naturaleza es «resarcitoria» y no «sancionatoria».
Modificación: 07/07/2020
